MPPPST (antiguo MINPPTRASS)

              


                       


Seguramente, en algún momento has escuchado a alguien decir  “hay que hacer las declaraciones del MINPPTRASS”,  pero ¿Qué es el MINPPTRASS?

En este artículo te explicaremos un poco sobre qué es y los puntos más importantes sobre las  declaraciones trimestrales.

Primero debes saber que las siglas del ministerio ya no son las mismas. Anteriormente el nombre era: Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social (MINPPTRASS), que es el nombre que la mayoría de las personas utiliza, pero actualmente el nombre es: Ministerio del Poder Popular para el Proceso Social del Trabajo (MPPPST), este fue modificado según el decreto presidencial N° 818  publicado en Gaceta Oficial N° 40.401 de fecha 29 de abril del 2014.

Asimismo, para realizar las declaraciones de las entidades de trabajo se dispuso el Registro Nacional de las Entidades de Trabajo (RNET) contemplado en el Artículo 519 de la Ley Orgánica del Trabajo. Las regulaciones necesarias referentes al registro ante el RNET se encuentra establecidas en la Resolución N° 9.108 publicada en Gaceta Oficial N° 40.655 de fecha 7 de mayo de 2015.

En dicha resolución se establece el carácter obligatorio de la inscripción de las entidades de trabajo tanto públicas como privadas ante dicho registro. A través del portal RNET podrán realizar la inscripción correspondiente, la cual generara el Número de Identificación Laboral (NIL), emitido a través de un Certificado Electrónico.

Además, debemos tener en cuenta que para registrarse ante el RNET se debe estar previamente inscrito ante el IVSS, FAOV e INCES. Esto es INDISPENSABLE, porque el sistema está enlazado con dichos organismos, por ende, realizará una validación de la información, por lo que en caso de que la información suministrada sea incorrecta no podrá realizarse el registro.

Ahora sí, hablemos de lo más importante…

Declaraciones Trimestrales

La resolución mencionada anteriormente, establece que las declaraciones trimestrales deben realizarse dentro de los primeros quince (15) días siguiente a la finalización del trimestre. Es decir que, hasta el quince de abril se realizara la declaración correspondiente al primer trimestre del año (Enero-Marzo). Y así, de manera sucesiva con los siguientes trimestres.

Pero ¿Qué información necesito para hacer la declaración?

El sistema te realizará algunas preguntas. La primera es si cuentas con trabajadores si la respuesta es negativa emitirá el certificado de declaración. Si la respuesta es positiva, que por lo general es así, debes suministrar la información que te solicite, esta información es sobre la entidad de trabajo. Será información sobre:

  •  Prestaciones por antigüedad
  • Utilidades
  • Vacaciones,
  • Bono nocturno,
  • Horas extraordinarias,
  • Horarios especiales,
  • Centro de educación inicial
  • Pago del ticket de alimentación
  • Caja de ahorro
  • Otros beneficios laborales otorgados

 

Luego debes cargar la nómina por trabajador, allí indicarás:

  • Datos del trabajador
  • Cargo
  • Fecha de ingreso
  • Jornada
  • Horas Laboradas,
  • Monto del Salario

Al culminar con este proceso te emitirá el certificado de declaración junto con la nomina que cargaste.


Ten en cuenta que la información que registres acá debe coincidir con la información suministrada ante los demás organismos, ya que como mencionamos anteriormente, los sistemas están enlazados. Además, si no estas solvente con el IVSS, FAOV e INCES, no podrás obtener la solvencia del RNET.

 


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